domingo, 10 de abril de 2016

Tecnología y Educación

TECNOLOGÍA Y EDUCACIÓN
 
  •  TECNOLOGÍA
La tecnología es el conjunto de saberes, conocimientos, experiencias, habilidades y técnicas a través de las cuales nosotros los seres humanos cambiamos, trasformamos y utilizamos nuestro entorno con el objetivo de crear herramientas, máquinas, productos y servicios que satisfagan nuestras necesidades y deseos. Etimológicamente la palabra tecnología proviene del griego tekne (técnica) y logos (conocimiento).



La tecnología se refiere a la colección de herramientas que hacen más fácil usar, crear, administrar e intercambiar información. En el inicio de los tiempos, los seres humanos hacían uso de ella para el proceso de descubrimiento del mundo y evolución. La tecnología es el conocimiento y la utilización de herramientas, técnicas y sistemas con el fin de servir a un propósito más grande como la resolución de problemas o hacer la vida más fácil y mejor. Su importancia para los seres humanos es enorme porque les ha ayudado a adaptarse al entorno.
 
El desarrollo de alta tecnología ha ayudado a conquistar las barreras de comunicación y reducir la brecha entre la gente de todo el mundo. Los lugares lejanos se han vuelto más cercanos cada vez y en consecuencia el ritmo de vida ha aumentado. Las cosas que antes tardaban horas para ser completadas, se puede hacer en cuestión de segundos en la actualidad. El mundo es más pequeño y la vida es mucho más rápida.
Los avances tecnológicos se han vuelto una parte esencial de nuestras vidas. Para entender por qué, solo basta con mirar a nuestro alrededor y ver que en todo momento y contexto estamos rodeados por ella; ya sea que estemos trabajando o descansando, siempre está presente para hacer nuestras vidas más sencillas.
 
Debido a su aplicación, nuestro nivel de vida ha mejorado, pues las necesidades se satisfacen con mayor facilidad. De manera general todas las industrias se ven beneficiadas por ella, ya sea la medicina, el turismo, la educación, el entretenimiento entre muchos otros. Además las empresas han crecido y se han hecho más eficientes, ayudando a la creación de nuevas oportunidades de empleo. La aplicación de la tecnología ha impulsado la investigación en campos que van desde la genética hasta el espacio extraterrestre.
Tomemos como ejemplo los dispositivos móviles: entre más rápido se mueve el mundo más avances tecnológicos se ofrecen. Las laptops se hacen más delgadas y más pequeñas, se vuelven más compactas cada año y ofrecen más capacidades y un rendimiento superior. Deben ser capaces de procesar una gran cantidad de información en una forma más rápida y concisa. Lo mismo sucede con los teléfonos, la necesidad de ser capaz de comunicarse en cualquier momento y en cualquier lugar se ha tomado como base para para crear el teléfono celular, que cada vez se fabrica más pequeño y tiene más características, juegos, entretenimiento y aplicaciones, hasta llegar al punto de ser casi como un ordenador de bolsillo. Por si fuera poco, su precio en el mercado baja rápidamente conforme se lanzan nuevos productos y se vuelve más accesible.
 
  •  EDUCACIÓN 
La educación es el proceso mediante el cual el ser humano adquiere valores, conocimientos, costumbres, formas de actuar y de ser, que le permiten desenvolverse en la vida.
 
La educación comienza desde el día en que se nace, hasta el último día de la vida.  Se considera que la educación comienza incluso antes de nacer pues en el vientre, el bebé recibe los estímulos de la madre, del padre y del entorno.
 
La educación puede ser  formal o informal. La educación formal es la que dan en las escuelas y en los centros e institutos de estudio y la educación informal es la que desarrollan en la comunidad, la iglesia y otras instituciones de la sociedad. 



La educación debe darse a todas las personas a lo largo de toda la vida, por eso se dice que la educación es un derecho social fundamental.

El mundo que nos rodea genera en forma constante cambios sobre nuestro comportamiento, llevando a nuestro organismo a realizar acciones Voluntarias e Involuntarias, teniendo por un lado a aquellas que son impulsadas desde la propia conciencia del sujeto, mientras que por otro lado tenemos las que se efectúan en forma automática, relativas a la acción de los Órganos Sensoriales que permiten generar un estímulo de Percepción Sensorial que es transmitido a través del Sistema Nervioso hacia el órgano más importante, el Cerebro.
 
Es allí cuando esta información puede ser almacenada en nuestra Memoria y formando parte posteriormente de un Conocimiento, que nos sirve como experiencia previa ante la presentación de una situación similar, como también siendo la base de nuestro Aprendizaje, que consiste en un proceso acorde a nuestra evolución cognoscitiva y se divide en las distintas etapas de la Educación, donde nos formamos intelectual y culturalmente.
 
Estamos acostumbrados a recibir constantemente distintas pautas de Educación, desde los primeros momentos de vida donde se nos reprende por alguna acción prohibida (por ejemplo, no hacer caso ante un pedido) y se nos felicita cuando aprendemos algo nuevo, estimulándonos al aprendizaje de nuevas tareas y brindando Materiales Didácticos que ayuden al desarrollo de nuestro intelecto, desde Rompecabezas hasta aquellos Juegos de Ingenio que permiten ayudarnos a reconocer formas y colores.

 Posteriormente llega la Educación Inicial donde el principal objetivo, además de aprender contenidos didácticos, es que desarrollemos la capacidad de Interactuar con Otros más allá de lo que es nuestra familia, el grupo social primario que integramos, y prepararnos posteriormente para la Educación Primaria Básica, donde comenzamos a hacer uso de nuestro intelecto aprendiendo nuestro lenguaje, realizando operaciones matemáticas y lógicas y nutriéndonos de contenidos culturales.
La Educación Secundaria o Preparatoria es la que nos lleva a un aprendizaje superior al conseguido en la etapa anterior, siendo la intermedia hacia la que nos llevará a la formación como profesionales, siendo la Educación Universitaria o Terciaria la destinada a que aprendamos de la especialización que hayamos elegido para nuestras vidas.
 
 


La tecnología tanto la educación, son importante en nuestra vida porque, la tecnología se refiere a la colección de herramientas que hacen más fácil usar, crear, administrar e intercambiar información.  También es el conocimiento y la utilización de herramientas, técnicas y sistemas con el fin de servir a un propósito más grande como la resolución de problemas o hacer la vida más fácil y mejor. Su importancia para los seres humanos es enorme porque les ha ayudado a adaptarse al entorno.
Es de gran importancia  en todo el mundo, por que sus avances han hecho que toda la sociedad se beneficie de ella, ya que estamos en una época en la que cada día surge un avance diferente que hace un gran aporte a el desarrollo de la misma, de igual forma lo que fue un avance en el ayer, hoy ya no tiene relevancia para la humanidad, todo va quedando en el pasado es por esto que el hombre se ha encargado de que cada día haya algo nuevo por enseñar a el mundo.
Los avances tecnológicos han hecho las labores del hombre mas fácil gracias a la elaboración de maquinarias que cubren gran parte del trabajo que anteriormente solo el operador podía realizar. Cada día la tecnología se apodera con mayor fluidez del mundo, dándonos a conocer diariamente nuevos proyectos para el beneficio de la humanidad.
La educación es uno de los factores que más influye en el avance y progreso de personas y sociedades. Además de proveer conocimientos, la educación enriquece la cultura, el espíritu, los valores y todo aquello que nos caracteriza como seres humanos. 
Es necesaria en todos los sentidos. Para alcanzar mejores niveles de bienestar social y de crecimiento económico; para nivelar las desigualdades económicas y sociales; para propiciar la movilidad social de las personas; para acceder a mejores niveles de empleo; para elevar las condiciones culturales de la población; para ampliar las oportunidades de los jóvenes; para vigorizar los valores cívicos y laicos que fortalecen las relaciones de las sociedades; para el avance democrático y el fortalecimiento del Estado de derecho; para el impulso de la ciencia, la tecnología y la innovación.

La educación siempre ha sido importante para el desarrollo, pero ha adquirido mayor relevancia en el mundo de hoy que vive profundas transformaciones, motivadas en parte por el vertiginoso avance de la ciencia y sus aplicaciones, así como por el no menos acelerado desarrollo de los medios y las tecnologías de la información.
Los más importantes expertos en educación del mundo están de acuerdo en que el objetivo de desarrollar más en los alumnos el pensamiento inteligente y creativo se puede cumplir más eficientemente de cómo suele lograrse en la mayoría de las instituciones educativas. Estas, por lo general, reconocen la importancia de ese objetivo, pero no ponen el esfuerzo pedagógico necesario para lograrlo en la mayor medida posible.
 
 
  • REFERENCIAS 
  •  peapt.blogspot.com/p/que-es-la-tecnología.
  • importanciadelaeducacion1.blogspot.com
  • www.planeducativonacional.unam.mx/CAP_00/Text/00_05a.HTML

 


 
 
 
 
 
 

domingo, 3 de abril de 2016

Delitos Informáticos

DELITOS INFORÁTICOS
 
 
Un delito informático o ciberdelito es toda aquella acción antijurídica y culpable, que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Debido a que la informática se mueve más rápido que la legislación, existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como delito, según la "Teoría del delito", por lo cual se definen como abusos informáticos (los tipos penales tradicionales resultan en muchos países inadecuados para encuadrar las nuevas formas delictivas), y parte de la criminalidad informática. La criminalidad informática consiste en la realización de un tipo de actividades que, reuniendo los requisitos que delimitan el concepto de delito, sean llevados a cabo utilizando un elemento informático.
Los delitos informáticos son aquellas actividades ilícitas que:
a) Se cometen mediante el uso de computadoras, sistemas informáticos u otros dispositivos de comunicación (la informática es el medio o instrumento para realizar un delito).
b) Tienen por objeto causar daños, provocar pérdidas o impedir el uso de sistemas informáticos (delitos informáticos).
CARACTERÍSTICAS                                                    

  • Son conductas criminógenas de cuello blanco (White collar crimes), en tanto que sólo determinado número de personas con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) pueden llegar a cometerlas.
  •  Son acciones ocupacionales, en cuanto que muchas veces se realizan cuando el sujeto se halla trabajando.
  • Son acciones de oportunidad, en cuanto que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.  
  • Provocan serias pérdidas económicas, ya que casi siempre producen "beneficios de más de cinco cifras  a aquellos que los realizan.
  • Ofrecen facilidades de tiempo y espacio, ya que en milésimas de segundo y sin una necesaria presencia física pueden llegar a consumarse.
  • Son muchos los casos y pocas las denuncias, y todo ello debido a la misma falta de regulación por parte del Derecho.
  • Son muy sofisticados y relativamente frecuentes en el ámbito militar.
  • Presentan grandes dificultades para su comprobación, esto por su mismo carácter técnico.
  • En su mayoría son imprudenciales y no necesariamente se cometen con intención.
  • Ofrecen facilidades para su comisión a los mentores de edad.
  • Tienden a proliferar cada vez más, por lo que requieren una urgente regulación.
  • Por el momento siguen siendo ilícitos impunes de manera manifiesta ante la ley.


  • Sólo un determinado número de personas con ciertos conocimientos (en este caso técnicos) puede llegar a cometerlas.
  • Son acciones ocupacionales.
  • Son acciones de oportunidad, ya que se aprovecha una ocasión creada o altamente intensificada en el mundo de funciones y organizaciones del sistema tecnológico y económico.
  • Provocan serias pérdidas económicas.
  • Presentan grandes dificultades para su comprobación.
  • Tienden a proliferar cada vez más.
  • Por el momento siguen siendo ilícitos impunes de manera manifiesta ante la ley.
  • Son delitos difíciles de demostrar ya que, en muchos casos, es complicado encontrar las pruebas.
  • Son actos que pueden llevarse a cabo de forma rápida y sencilla. En ocasiones estos delitos pueden cometerse en cuestión de segundos, utilizando sólo un equipo informático y sin estar presente físicamente en el lugar de los hechos.

  • Los delitos informáticos tienden a proliferar y evolucionar, lo que complica aún más la identificación y persecución de los mismos.

 
 TIPOS
  1. Como instrumento o medio
Como instrumento o medio. En esta categoría tenemos a las conductas criminales que se valen de las computadoras como método, medio o símbolo en la comisión del ilícito, por ejemplo:

a) Falsificación de documentos vía computarizada (tarjetas de crédito, cheques, etc.).

b) Variación de los activos y pasivos en la situación contable de las empresas.

c) Planeación o simulación de delitos convencionales (robo, homicidio, fraude, etc.).

d) “Robo” de tiempo de computadora.                  

e) Lectura, sustracción o copiado de información confidencial.

f) Modificación de datos tanto en la entrada como en la salida.

g) Aprovechamiento indebido o violación de un código para penetrar a un sistema introduciendo instrucciones inapropiadas (esto se le conoce en el medio como el método del “Caballo de Troya”).

h) Variación en cuanto al destino de pequeñas cantidades de dinero hacia una cuenta bancaria apócrifa, método conocido como la “técnica de salami”.

i) Uso no autorizado de programas de cómputo.

j) Introducción de instrucciones que “interrupciones” en la lógica interna de los programas, a fin de obtener beneficios, tales como consulta a su distribuidor.

k) Alteración en el funcionamiento de los sistemas, a través de los cada vez más temibles virus informáticos.
     2.  Como fin  u objetivo
Como fin u objetivo. En esta categoría se enmarcan las conductas criminales que van dirigidas en contra de la computadora, accesorios o programas como entidad física. Algunos ejemplos son los siguientes:

a) Programación de instrucciones que producen un bloqueo total al sistema.

b) Destrucción de programas por cualquier método.

c) Daño a la memoria.                                           

d) Atentado físico contra la máquina o sus accesorios (discos, cintas, terminales, etc.).

e) Sabotaje político o terrorismo en que se destruya o surja un apoderamiento de los centros neurálgicos computarizados.

f) Secuestro de soportes magnéticos en los que figure información valiosa con fines de chantaje (pago de rescate, etc.).
DELITOS INFORMÁTICOS EN VENEZUELA
El delito informático, crimen genérico o crimen electrónico, que agobia con operaciones ilícitas realizadas por medio de Internet o que tienen como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Sin embargo, las categorías que definen un delito informático son aún mayores y complejas y pueden incluir delitos tradicionales como el fraude, el robo, chantaje, falsificación y la malversación de caudales públicos en los cuales ordenadores y redes han sido utilizados. Con el desarrollo de la programación y de Internet, los delitos informáticos se han vuelto más frecuentes y sofisticados.      
Existen actividades delictivas que se realizan por medio de estructuras electrónicas que van ligadas a un sin número de herramientas delictivas que buscan infringir y dañar todo lo que encuentren en el ámbito informático: ingreso ilegal a sistemas, interceptado ilegal de redes, interferencias, daños en la información (borrado, dañado, alteración o supresión de data crédito), mal uso de artefactos, chantajes, fraude electrónico, ataques a sistemas, robo de bancos, ataques realizados por hackers, violación de los derechos de autor, pornografía infantil, pedofilia en Internet, violación de información confidencial y muchos otros.
 
DELITOS CON SUS SANCIONES


Para las sanciones se adoptó simultáneamente el sistema binario, esto es, pena privativa de libertad y pena pecuniaria. Con relación a esta última se fijan montos representativos calculados sobre la base de unidades tributarias por considerarse que la mayoría de estos delitos, no obstante la discriminación de bienes jurídicos que se hace en el proyecto, afecta la viabilidad del sistema económico, el cual se sustenta, fundamentalmente, en la confiabilidad de las operaciones. Cabe destacar que el legislador tomó en cuenta las deficiencias de otras leyes donde no se preveían las penas accesorias. Así, en la ley se encuentra que las penas para los hechos punibles que se encuentran tipificados son principales y accesorias. Se establece como penas accesorias las siguientes:
– El decomiso de equipos, dispositivos, instrumentos, materiales, útiles, herramientas y cualquier otro objeto que haya sido utilizado para la comisión de los delitos.
– El trabajo comunitario.
– La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos, para el ejercicio de la profesión industria, o para laborar en instituciones o empresas del ramo.
– La suspensión del permiso, registro o autorización para operar el ejercicio de cargos directivos y de representación de personas jurídicas vinculadas con el uso de tecnologías de información.
– Divulgación de la sentencia condenatoria.
– Indemnización civil a la víctima por los daños causados.
 
LEYES
Título I. Disposiciones generales:

Artículo 1:                                               
El objeto de la ley especial contra delitos informáticos es la protección integral de aquellos sistemas que utilizan tecnologías de información así como sancionar y prevenir cualquier intento de cometer estos delitos.

Artículo 2:
Nos proveo las definiciones técnicas relacionadas con la ley y la informática para conocer los aspectos básicos tales como:
·       Tecnología de información: Es la rama de la tecnología que se dedica al estudio, aplicación y procesamiento de data lo cual involucra una serie de acciones.
·       Sistema: Arreglo organizado de recursos y procedimientos diseñados para el uso de tecnologías de información.  
·       Data: Hechos, conceptos representados para que sean comunicados por medios de tecnologías.   
·       Información: Significado que el ser humano le asigna a la data utilizando las convenciones conocidas y generalmente aceptadas.
·       Mensaje de datos: Es cualquier mensaje de data o información que son expresados en lenguajes que puedan ser explícito o encriptado que este preparado dentro de un formato acorde con el sistema de comunicaciones.
Artículo 3:
La extraterritorialidad es cuando el delito cometido fue cometido fuera del territorio de la república y será sujeto a disposiciones en el caso de haber producidos efectos dañinos y podrá ser juzgado por tribunales internacionales o en algunos casos evadir esa condena.


Artículo 4:
Las sanciones que se podrán llevar a cabo serán principales y accesorias, las principales concurrirán con las accesorias y viceversa, de acuerdo con las circunstancias particulares del delito y la ley.
Artículo 5:
La responsabilidad de las personas jurídicas es que cuando algún gerente o administrador dependiente de esta persona o en su nombre responderán de acuerdo con su participación culpable.

Título II. De los delitos
Capítulo I
De los delitos contra los Sistemas que utilizan Tecnologías de Información
Artículo 6:
Cuando se realiza un acceso indebido será penado con prisión y multa de unidades tributarias, aquellas personas que entren en un sistema de información sin la autorización correspondiente por parte del dueño de lo contrario sería indebida e ilegal.

Artículo 7:
Cuando se realiza un sabotaje o daño a sistemas será penado con prisión y multado con el pago de unidades tributarias, aquellas personas que entren en un sistema sin la debida autorización corrompa o destruyas sistemas de información ajena.

Artículo 8:
Cuando se realiza un sabotaje o daños culposos por negligencia de manera prevista en el artículo anterior se aplicará la pena correspondiente y hasta con una reducción entre la mitad y dos tercios.

Artículo 9:
Cuando se realiza un acceso indebido o sabotaje a sistemas protegidos y la persona es responsable de realizar, vender, distribuir los materiales o instrumentos necesarios para ejecutarlos será penado con prisión y multa a pagar en unidades tributarias.

Artículo 10:
Aquella persona que tenga posesión de equipos o prestación de equipos para el sabotaje de sistemas de datos y que ofrezca estos servicios para alterar la seguridad será multada con el pago unidades tributarias y con la prisión.

Artículo 11:
Aquella persona que practique el espionaje informático y que indebidamente obtenga, revele o difunda información ajena o perteneciente a cualquier organismo será penado con la prisión y con una multa a pagar en unidades tributarias.

Artículo 12:
La persona que a través de cualquier medio o recurso altere un documento perteneciente a un sistema de tecnología de información y que a su vez lo utiliza para fines ajenos será penado con la prisión y multado con el pago unidades tributarias si hacen daño a alguien esta multa aumentará.

Capítulo II
De los Delitos contra la Propiedad
Artículo 13:
La persona que a través de cualquier sistema que utiliza un medio informático o de comunicación para apoderarse de bienes que son de otras personas y solo para su provecho económico será penado con prisión y multado con el pago de unidades tributarias.
Artículo 14:
La persona que a través de los sistemas o medios informáticos y por medio de la manipulación cometa actos de naturaleza fraudulenta para la modificación de cualquier resultado será penado con prisión y multado con unidades tributarias.

Artículo 15:
La persona que indebidamente obtenga bienes o servicios que involucren tecnologías de información para requerir obtención de cualquier efecto será penado con prisión y tendrá que pagar una multa de unidades tributarias.

Artículo 16:
Aquella persona que realice un manejo fraudulento de tarjetas inteligentes o instrumentos análogos y duplique o elimine información será penada con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.

Artículo 17:
La persona que se apropie de una tarjeta inteligente o instrumento que por alguna equivocada razón este en las manos de esta persona y tenga la intención de utilizarlas para beneficio propio será penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.

Artículo 18:
Refleja la provisión o uso indebido de bienes o servicios y aquella persona que los posee y los utiliza con fines malignos será penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.

Artículo 19:
La persona que este indebidamente autorizada posea un equipo para la falsificación de datos o documentos que involucre sistemas informáticos será penado con prisión y una multa a pagar en unidades tributarias.

Capítulo III
De los Delitos contra la Privacidad de las personas y de las Comunicaciones


Artículo 20:
Cuando se refiere a la violación de la privacidad de la data o información de carácter personal y sin el consentimiento del dueño o la persona responsable será penado con prisión y tendrá que pagar una multa en unidades tributarias.

Artículo 21:
Cuando se refiere a una violación de la privacidad de las comunicaciones y el que mediante tecnologías modifique, altere o interfiera con la privacidad de estos servicios seria penado con prisión y pagará una multa de unidades tributarias.

Artículo 22:
Cuando una persona revela indebidamente datos o informaciones de carácter personal sin el consentimiento de esa persona será penado con la prisión y el pago de una multa en unidades tributarias.
Capítulo IV
De los delitos contra niños, niñas o adolescentes
Artículo 23:
Cualquier difusión, divulgación o exhibición de material pornográfico con el uso de la tegnología y sistema de computación la cual no este autorizada y reservada a mayores de edad será penada con prisión y una multa en unidades tributarias.

Artículo 24:
Al igual que en el artículo anterior pero en este caso de niños y adolescentes lo cual representa la misma magnitud y hasta peor por el uso de menores de edad será penado con la prisión y a su vez con una multa a pagar en unidades tributarias.
Capítulo V
De los delitos contra el orden Económico
Artículo 25:
Cuando se refiere a la aprobación de propiedad intelectual quiere decir aquella persona que sin autorización consiga un provecho económico que divulgue software u otro tipo de intelecto que involucre sistemas que usen tecnologías de información será penado con la prisión y pagará una multa de unidades tributarias.

Artículo 26:
La persona que ofrezca engañosamente bienes o servicios mediante el uso de tecnología de información y no niega será multada y pagará gran cantidad de unidades tributarias y a la vez será condenado a prisión.
Título III. Disposiciones comunes:
Artículo 27:
Cuando en la ley se habla o refiere a los agravantes, la pena correspondiente a los delitos previstos en la ley se incrementará entre un tercio y la mitad.
Artículo 28:
Cuando se trata de agravantes especial, la sanción será aplicable a personas jurídicas por los delitos cometidos en las condiciones del artículo 5 y será únicamente de multa.
Artículo 29:
Además de las penas principales previstas anteriormente existe un conjunto de penas accesorias que se impondrán según la necesidad y sin perjuicios con relación al código penal.


Artículo 30:
El tribunal podrá disponer, además, la publicación o difusión de la sentencia condenatoria por el medio que considere más idóneo.

Artículo 31:
El juez podrá indemnizar a las personas que hayan cometido un delito de los capítulos II y V de esta ley.
Título IV. Disposiciones Finales
Artículo 32:
La presente ley entrará en vigencia, treinta días después de su publicación en la gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Artículo 33:
Se deroga cualquier disposición que colida con la presente ley.
 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS